Frases para recapacitar

La lucha del hombre contra el poder, es la lucha de la memoria contra el olvido.

Quien lucha, puede perder; quien no lucha, ya perdió.

(Anonimo)

LEY DE DEPENDENCIA

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LEY DE DEPENDENCIA

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Una Ley de Dependencia

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Ley de Dependencia

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Estadisticas del IMSERSO a fecha 01 de enero del 2009

Ya se han publicado las estadisticas del IMSERSO a fecha de 1 de enero del 2009, o lo que es lo mismo, los resultados de la aplicacion del Sistema para la Autonomia y Atencion a la Dependencia durante todo el año del 2008.

Los que esten interesados en analizarlas pueden descargarlo desde la columna lateral en el apartado "Consultas".

Como habia previsto la Plataforma, ha sido un desastre la aplicacion de la Ley, y siempre siguiendo las cifras ofrecidas por la propia Conserjeria de la cual se nutre la informacion que nos publica las estadisticas del IMSERSO, de las 19.776 solicitudes presentadas, se han valorado afectados Grandes Dependientes niveles I y II, : 6.980 personas y los Dependientes Severos nivel II: 1.110 personas es decir en conjunto personas que deberian recibir las prestaciones a finales del 2008 serian 8.090, de las que solo se han reconocido a 1.650 personas.

Lo mas grave de esta situacion no solamente que a nivel estadistico, esten recibiendo el 20,39% de los afectados, sino las que se estan reconociendo, no estan cubriendo las necesidades reales del Dependiente, otorgandose lo mismo de forma deficitaria que las que tenian reconocido en los planes de discapacidad o en los planes de mayores (las que lo tenian).

A esto hay que sumarle, que presuponemos que ya no estan en las estadisticas, los fallecidos que suman 1.125 personas, que aunque han sido valorados y por el retraso escandaloso de la Administracion Canaria en la tramitacion de los expedientes, no recibieron las prestaciones en las fechas fijadas por la ley y que ahora le deniegan el derecho.

Como veran, las declaraciones del presidente del Gobierno Canario, Paulino Rivero y su Consejera de Bienestar Social, Ines Rojas de que los afectados a finales del 2008 ya estarian recibiendo lo que por derecho les corresponde, ha sido una burda mentira, que ni ellos mismo se creian.

Echemoles mas hilo a la cometa, ya estamos en el 2009, y ahora hay que sumarle los afectados Dependientes Severos Nivel I es decir, que ha fecha de 01/01/2009 incrementemos la cifra de las personas que tienen que percibir las prestaciones en 702 personas, por lo que el numero de expedientes culminados se transforma en un 18,76 %.

No podemos permitir que la Conserjeria de Bienestar Social y nuestro Presidente del Gobierno de Canarias se esten riendo de las necesidades basicas de los ciudadanos/as de este Archipielago. Debemos de enfrentarnos, a esta realidad y cambiarla, y solo lo conseguiremos uniendonos todas y cada una de las personas en una lucha comun, la de la mejor vida de nuestros Dependientes y sus Cuidadores.
Es un derecho y es de ley

Yo puedo ser empleado publico

Nota enviada por el CERMI canarias

DOMINGO 21 A LAS 10:00 HORAS EN LA FACULTAD DE INFORMÁTICA DE LA ULPGC-CAMPUS DE TAFIRA

NO AL DECRETO 43/98

YO PUEDO SER EMPLEADO PÚBLICO

El gobierno de Canarias aplicando el decreto 43/98 regulador del sistema de acceso de personas con minusvalía para la prestación de servicios en la Administración
de la Comunidad Autónoma de Canarias y medidas de Fomento para su integración laboral, deja fuera de los procesos selectivos para administrativo y subalterno,
que ha convocado para los próximos domingos 21 y 28 respectivamente, a más de la mitad de los discapacitados que pretendían presentarse.

Los discapacitados estamos hartos de todas estas leyes que hablan de INTEGRACIÓN y realmente lo que hacen es aislarnos cada día más .

Así que el próximo domingo 21 a las 10 de la mañana, nos concentraremos en la facultad de informática de la ULPGC, al mismo tiempo que se realiza el proceso
selectivo en el que no nos dejaron participar, para mostrar nuestra disconformidad con el uso de este decreto.

Participa con nosotros y muestra tú disconformidad con leyes como ésta que lejos de ayudar suponen un yugo para nuestros colectivos.

Ayúdanos a difundir este mensaje, envíalo a tus contactos.

Posición de la Plataforma Ley Dependencia Nuestros Derechos ante el CO-PAGO

La “Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia” aprobada en diciembre del 2006, se estableció como el 4º pilar de la sociedad del Bienestar, junto con los tres pilares anteriores (Sanidad, Educación, Pensiones), deberían tener unos sistemas legales y normativos parecidos, es decir Universalidad, entre otros adjetivos.

En el campo de la Universalidad, una vez que introducimos el termino co-pago, (que no existen en los demás pilares) este objetivo queda matizado por el hecho de que unas personas habrán de pagar y otros no, o que unas habrán de pagar mas y otras menos.

Esta matización, se puede solventar a través de una definición mas efectiva del termino, es decir “todas las personas, que puedan necesitar por ejemplo una residencia, donde existen dos labores totalmente independientes una la asistencial que debería ser cubierta por el estado a través de las CC.AA. en su totalidad (aplicándose en todos los pilares antes mencionados) y la hotelera (comida, mantenimiento (limpieza, reparaciones, etc.), etc.) donde parece lógico que Los usuarios/as contribuyan al coste del servicio no asistencial.

No solamente no se ha hecho esta diferenciación por lo que hay que contribuir a todos los servicios (asistencial como no asistencial penalizando a las personas con alguna dependencia que han tenido que ir hasta ahora sin ayuda especifica luchando por un entorno agresivo, donde es muy dificultoso llevar una vida autónoma, participativa y contributiva), marcan 1 IPREM (Indicador Publico de Rentas de Efectos Múltiples), ridículo de por si, estamos hablando de 516,90 €, sino que le dan a las CC.AA. la posibilidad de aplicar esa contribución con un margen tan ancho llegando hasta en un 60% en las cuantías establecidas para la prestación económica vinculadas al servicio.

A partir de aquí ya empezamos con la guerra de cifras entre las diferentes Comunidades Autónomas, y el perjuicio que pueden tener los ciudadanos/as según en que Comunidad resida.

Viendo como en Canarias se aplica la ley, nos veremos luchando por los agravios comparativos que van a existir.

Y lo más chocante de toda esta reglamentación es que se ha aprobado a través de una reunión de amigos/as, y no como debería ser a través de un Real Decreto, para darle el rango normativo que le pertenece donde el gobierno de Canarias no solamente debería dar su voto negativo, sino que se abstiene, dando el visto bueno de lo que acontece, asumiendo lo aprobado y de la forma en que fue aprobado.

Si el mínimo para empezar a contribuir es 1 IPREM, una persona que tenga unos ingresos de por ejemplo 518€ (cantidad insuficiente para sobrevivir y mas con dependencia de terceras personas), ¿con cuanto contribuirá? ¿Hasta el valor del IPREM?, o ya esta cifra desaparece y se le va a descontar cantidades superiores. Esto no esta normalizado.


La Plataforma Ley Dependencia Nuestros Derechos


SOLICITA:


1 Diferenciación en el co-pago entre servicios asistenciales y no asistenciales

2 Contribuir económicamente solamente en los servicios no asistenciales

3 Aumentar el IPREM hasta 2,5 veces, siguiendo las recomendaciones del CERMI

4 Definir cantidad mínima de ingresos de las personas, que el estado no puede tocar.

5 Baremo definido, donde se especifique el porcentaje con que tiene la persona que contribuir según sus ingresos.

6 Reglamentación de esta normativa a través de un Real Decreto no a través de espacios informales.


UNA LEY DE PRIMERA, APLICANDOLO PARA CIUDADANOS/AS DE TERCERA

NO LO PERMITAMOS